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Confidencialidad y Protección Garantizada

Procedimiento del Canal Interno de Información

    Bienvenido al Canal interno de información (denuncias) implantado en la REAL FEDERACIÓN DE GOLF DE MADRID.  

    El Canal interno de información está integrado en el Sistema Interno de Información de la REAL FEDERACIÓN DE GOLF DE MADRID y en el Procedimiento para la gestión de informaciones a los que se refiere la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. La finalidad del Canal es doble, por un lado, hacer posible la comunicación por parte de personas a las que se refiere el artículo 3 de la Ley que, en un contexto laboral o profesional, detecten conductas irregulares e infracciones penales o administrativas graves o muy graves previstas en el artículo 2 de la Ley; y por otro, que esas personas estén protegidas frente a posibles represalias. Es el medio preferente para que las personas con una relación laboral o profesional puedan informar directamente a la empresa sobre infracciones graves o muy graves que tengan relación con la actividad propia de la misma. Se permite la presentación y posterior tramitación de comunicaciones anónimas, si así lo decide la persona informante. En caso contrario, al hacer la comunicación, el informante podrá indicar, si así lo desea, un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones.  El canal interno de información permite garantizar la confidencialidad y la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado. Igualmente, permite las garantías de protección al informante previstas en el Título VII de la Ley 2/2023 de 20 de febrero. 

    Las informaciones que se tramiten en este canal se deben circunscribir a presuntas actuaciones que infrinjan el ordenamiento jurídico en los términos establecidos en el artículo 2 de la mencionada ley. No se trata de un canal adecuado para solicitud de información, reclamaciones, quejas o sugerencias en el ámbito de la empresa.  Además del canal interno de información, los informantes tienen a su disposición los diferentes canales externos de información que resulten competentes  para informar de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (Pendiente de su constitución), las autoridades u órganos estatales o autonómicos correspondientes, y, cuando proceda, a instituciones, organismos o agencias de la UE. 

    Nuestra empresa cuenta con los siguientes canales internos de información: 

    SI DESEA REALIZAR UNA DENUNCIA ANÓNIMA

    Puede enviar su comunicación anónima a la dirección postal CTRA. DEL PARDO, KM1, 28035, Madrid dirigiendo la misma al Responsable del Sistema Interno de InformaciónNOTA: Si la denuncia es anónima no podrá realizar seguimiento ni podrá recibir información sobre la misma. 

     Puede depositar su comunicación anónima en el buzón físico para la recepción de comunicaciones situado en las oficinas de la Federación.  

    SI DESEA REALIZAR UNA DENUNCIA IDENTIFICÁNDOSE: 

    Puede enviar sus comunicaciones a la dirección de correo electrónico canaldenuncias@fedgolfmadrid.com  En el caso de las comunicaciones vía email, la REAL FEDERACIÓN DE GOLF DE MADRID no puede garantizar que la comunicación sea completamente anónima, salvo que el propio informante utilice un cliente email absolutamente anonimizado. 

    Puede enviar su comunicación, identificándose, a la dirección postal CTRA. DEL PARDO, KM1, PARQUE DEPORTIVO PUERTA DE HIERRO 28035, Madrid dirigiendo la misma al Responsable del Sistema Interno de Información. 

    Presencialmente ante el Responsable del Sistema Interno de Información. La reunión tendrá lugar en un plazo máximo de siete días desde su solicitud a través de la dirección de email canaldenuncias@fedgolfmadrid.com  

    A través del número de teléfono  915567134 

    NOTA: En el caso de que la comunicación se realice verbalmente (por teléfono, mediante reunión presencial, etc.) la información se documentará, previo consentimiento del informante, mediante su grabación en formato seguro, duradero y accesible y/o a través de su transcripción completa y exacta. 


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